¿Qué tienes que saber?
Son ayudas a la movilidad internacional del estudiantado con reconocimiento académico y al estudiantado en el marco del Programa de mejora e innovación en la formación de maestros de las universidades catalanas que haya sido seleccionados para una estancia académica de movilidad, con el fin de contribuir a la financiación de los gastos que conlleva la realización de estudios en otros países.
Se establecen tres modalidades de ayudas:
- Modalidad A: estancia académica con reconocimiento académico, en el marco del Programa Erasmus+ y en los países asociados siguientes: Reino Unido, Suiza, Islas Feroe, Andorra, Mónaco, San Marino y Ciudad del Vaticano, dirigida al estudiantado de las universidades catalanas. Esta modalidad está reservada a los países del programa.
- Modalidad B: estancia académica con reconocimiento académico, en el resto de países del mundo, en el marco de los programas de movilidad internacional, dirigida a estudiantes de las universiades catalanas.
- Modalidad C: estancia académica con reconocimiento académico, en el marco del Programa de mejora e innovación en la formación de maestros de las universidades catalanas.
En el marco de las relaciones bilaterales en el ámbito de la Eurorregión Pirineos Mediterráneo, y para la modalidad A, se ha previsto otorgar una ayuda complementaria para el fomento y la promoción de la movilidad dirigida a los estudiantes de las universidades catalanas que cursen estudios en universidades de la región francesa de Occitania.
Cabe mencionar que no se puede obtener la ayuda más de una vez a lo largo de los estudios. En ningún caso se puede optar a más de una modalidad.
Contacto: estudiants.agaur@gencat.cat
- 22 de febrero de 2024: Publicada la resolución de las ayudas MOBINT-MIF 2023.
Organismo responsable
Otros organismos relacionados
Al estudiantado de las universidades catalanas con estancias internacionales y con reconocimiento académico durante el curso 2023-2024.
Se establecen tres modalidades de ayudas:
- Modalidades A y B: estudiantado que curse estudios dirigidos a la obtención de un título oficial de grado o máster universitario según el Departamento de Investigación y Universidades de la Generalidad de Cataluña.
- Modalidad C: estudiantado que curse estudios de grado en Educación Infantil y de grado en Educación Primaria, en todas las ofertas, de todas las universidades del sistema universitario de Cataluña que los imparten, y que formen parte del Programa de mejora e Innovación en la formación de maestros.
El plazo para la presentación de solicitudes es del 20 de julio al 15 de septiembre de 2023 a las 14:00:00 h (hora local de Barcelona), ambos incluidos.
Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:
a) Credencial o documento emitido por la universidad o el centro de origen que acredite que la persona solicitante ha sido seleccionada para realizar una estancia académica de movilidad con reconocimiento académico en el curso 2023-2024. En este certificado, debe hacerse constar la siguiente información: la modalidad de la estancia, la universidad o el centro de destino, el país de destino, la duración en meses y la lengua de docencia en que se imparten los estudios en la universidad o en el centro de destino. También debe constar que la estancia tiene reconocimiento académico. En caso de discrepancias entre la duración de la estancia, la modalidad y la lengua de docencia solicitada por la persona interesada y la información que consta en los documentos oficiales emitidos por la universidad de origen, prevalece la información emitida por la universidad o el centro de origen.
b) Expediente académico o documento, actualizado en el momento de presentar la solicitud, debidamente sellado por el centro, en el que se haga constar la nota media del expediente académico, el número de créditos superados hasta el momento, y los créditos matriculados y aprobados en el curso 2022-2023.
c) Para acreditar el conocimiento de lenguas, como requisito o como mérito, se aportará la documentación acreditativa oficial correspondiente.
d) El estudiantado de máster universitario debe aportar un documento, debidamente sellado por el centro, en el que se haga constar la nota media del expediente académico de los estudios que han dado acceso al ciclo o máster, calculada de acuerdo con lo establecido en estas bases reguladoras.
e) En relación con las personas no comunitarias, se requiere la autorización legal correspondiente, de acuerdo con la citada Ley orgánica 2/2009, de 11 de diciembre.
a) Tener la ciudadanía de cualquier estado miembro de la Unión Europea. En el caso del estudiantado no comunitario, será de aplicación lo dispuesto en la Ley orgánica 2/2009, de 11 de diciembre, de reforma de la Ley orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, y, por lo tanto, se requiere que el estudiantado mayor de 18 años se encuentre en situación de residencia.
b) Haber formalizado la matrícula en una universidad del sistema universitario de Cataluña en el curso académico 2022-2023 y estar matriculado o matriculada en algún crédito. Esta situación se mantendrá mientras dure la ayuda durante el curso académico 2023-2024 previsto en la convocatoria.
c) Estar matriculado o matriculada de algún crédito en una universidad del sistema universitario de Cataluña, en el curso académico 2023-2024, en alguno de los siguientes estudios:
- Modalidades A y B: estudios dirigidos a la obtención de un título oficial de grado o máster universitario según el Departamento de Investigación y Universidades de la Generalidad de Cataluña.
- Modalidad C: estudios de grado en Educación Infantil y de grado en Educación Primaria, en todas las ofertas, de todas las universidades del sistema universitario de Cataluña que los imparten, y que formen parte del Programa de mejora e Innovación en la formación de maestros.
Esta situación se mantendrá mientras dure la ayuda.
d) Para todas las modalidades, haber superado, en el momento de presentar la solicitud, como mínimo 60 créditos.
e) Para todas las modalidades, haber sido seleccionado o seleccionada por una universidad del sistema universitario de Cataluña para una estancia en el marco de los programas de movilidad internacional de una de las tres modalidades establecidas.
f) Para todas las modalidades, acreditar un nivel B2 (entendido como B2.2 alcanzado) de una de las terceras lenguas establecidas en el sistema educativo de Cataluña (inglés, francés, alemán o italiano).
En caso de que la lengua o las lenguas de docencia en que se imparten los estudios no coincidan con la que el o la estudiante ha acreditado, entre las que se han descrito en el párrafo anterior, además, el o la estudiante deberá acreditar un nivel B2 de esta lengua de docencia, excepto que la lengua de docencia sea una de las oficiales de Cataluña.
g) Para las modalidades A y B, tener, como mínimo, una nota media ponderada de 5,70 del expediente para los estudios de la rama de conocimiento de ingeniería y arquitectura, y de 6,30 para el resto de ramas de conocimiento.
Para los estudios de máster universitario se tendrá en cuenta, también, para el cálculo de la nota media global, la nota media de los estudios que han dado acceso al máster. Si en el momento de solicitar la ayuda no está incorporada la nota media en el expediente académico de los estudios de máster, solo se tendrá en cuenta la nota media de los estudios que han dado acceso al máster universitario
Los requisitos previstos en las bases reguladoras y la convocatoria correspondientes se han de cumplir en el momento de solicitar la ayuda.
Quedan excluidos:
a) Para las modalidades A y B, quedarán excluidos de esta convocatoria los estudios de máster no universitario, los cursos de posgrado, los de extensión universitaria, los doctorados y los títulos propios; quedarán excluidas las prácticas que no tengan reconocimiento académico.
Como programas de movilidad quedarán excluidos los programas de Erasmus Mundus (con financiación) y las prácticas o las estancias realizadas una vez finalizados los estudios y que no tienen reconocimiento académico.
b) Para la modalidad C, se excluirán aquellos estudiantes que ya tengan una titulación universitaria previa o que reúnan las condiciones para la expedición del título.
c) Se excluyen los intercambios que no conlleven movilidad física en otros países.
Únicamente se podrá disfrutar de la ayuda una vez a lo largo de los estudios.
No hay tasas asociadas a este trámite.
El importe de la ayuda es de 200 € mensuales hasta un máximo de 1.200 € por estancia.
Se otorgará una ayuda complementaria de 600 (seiscientos) euros a los estudiantes de las universidades catalanas que cursen estudios en universidades de la región francesa de Occitania y que resulten beneficiarios de la modalidad A o de la modalidad B.
Pasos a realizar
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Primer paso
Solicitar
El plazo de presentació de solicitudes comienza el día 20 de julio de 2023 y finaliza el día 15 de septiembre de 2023 a las 14:00:00 h (hora local de Barcelona), ambos incluidos.
Plazos
Del 20/07/2023 al 15/09/2023El plazo de presentació de solicitudes comienza el día 20 de julio de 2023 y finaliza el día 15 de septiembre de 2023 a las 14:00:00 h (hora local de Barcelona), ambos incluidos.
Si el trámite que quieres realizar tiene un formulario específico es obligatorio utilizarlo y no utilizar la petición genérica.
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Segundo paso
Recibir respuesta de la Administración
¿Cuándo se recibe la respuesta de la Administración?
¿Cuándo se recibe la respuesta de la Administración?
El plazo máximo legal para resolver la convocatoria es de seis meses contadores a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el DOGC.
¿Qué respuesta se recibe?
La resolución de concesión será notificada a los interesados mediante su publicación en el tablón electrónico de la Administración de la Generalidad de Cataluña y de manera informativa en la página web de la AGAUR.
¿Se puede presentar un recurso?
En la resolución de concesión se notificarán cuáles son los recursos que pueden interponerse.
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Tercer paso
Recibir la ayuda
El pago de la ayuda se efectuará directamente a la persona beneficiaria a través de una transferencia bancaria una vez enviados los documentos de incorporación y el documento de justificación de la [...]
El pago de la ayuda se efectuará directamente a la persona beneficiaria a través de una transferencia bancaria una vez enviados los documentos de incorporación y el documento de justificación de la estancia.
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Cuarto paso
Justificar la ayuda
La persona beneficiaria debe presentar a la AGAUR el modelo normalizado de justificación de la estancia como máximo el 31 de octubre de 2024. Esta justificación, que deberá estar expedida y firmada y [...]
La persona beneficiaria debe presentar a la AGAUR el modelo normalizado de justificación de la estancia como máximo el 31 de octubre de 2024. Esta justificación, que deberá estar expedida y firmada y sellada por la universidad o el centro de destino, debe detallar las fechas en las que se ha llevado a cabo la estancia.
En caso de que no se presente la documentación justificativa de la estancia dentro del período detallado anteriormente, o que la documentación presentada dentro de este período justifique parcialmente la estancia, se revocará total o parcialmente la ayuda otorgada, de acuerdo con el que dispone la base 23 de estas bases reguladoras.
Trámites relacionados