¿Qué tienes que saber?
Son ayudas destinadas a las asociaciones de estudiantado universitario de Cataluña para dar apoyo a las actividades, o proyectos que potencien la internacionalización del asociacionismo juvenil en el ámbito universitario así como las actividades de tipo científico, formativo o social organizadas por asociaciones de alumnado de Catalunya.
Las actividades a desarrollar se han de realizar durante el curso académico que prevea la convocatoria.
Se excluyen las actividades:
- Que tengan una finalidad política, gremial o sindical.
- Que tengan fines deportivos o lucrativas.
- De carácter religioso y las consistentes en viajes turísticos.
El procedimiento de concesión de estas ayudas es el de concurrencia competitiva.
Todos los trámites de esta convocatoria son de tramitación telemática obligatoria.
Has de firmar el formulario de solicitud con el certificado digital de representante de persona jurídica de la asociación.
Si tienes dudas, puedes informarte en la página web de las ayudas a las asociaciones de estudiantado universitario de Cataluña (AEU) y, más concretamente, en el apartado de preguntas frecuentes.
Contacto: ajuts.universitats.agaur@gencat.cat
- 7 de marzo de 2024: Publicada la propuesta de resolución provisional de las ayudas a las asociaciones de estudiantado universitario de Cataluña para el curso 2023-2024.
Organismo responsable
Otros organismos relacionados
A las asociaciones de estudiantes universitarios de Cataluña:
- Inscritas en el Registro de la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas del Departamento de Justicia de la Generalitat de Catalunya, y que demuestren que llevan a cabo actividades en el momento de presentar la solicitud.
- Vinculadas a una de las universidades del sistema universitario de Cataluña y desarrollen sus actividades preferentemente en el seno de la comunidad universitaria.
El plazo para presentar la solicitud es del 20 de septiembre hasta el 16 de octubre de 2023, a las 14:00 h (hora local de Barcelona), ambos incluidos.
Documentación complementaria que se debe adjuntar al formulario normalizado de solicitud:
- Documento anexo de la memoria de la actividad AEU para el curso académico 2023-2024, según modelo normalizado.
- Certificado del vicerrector o la vicerrectora competente que acredite la vinculación de la asociación a la universidad y que las actividades las lleva a cabo, preferentemente, en el ámbito universitario.
Puedes presentar la documentación complementaria después de enviar la solicitud en el plazo establecido, siempre y cuando hayas enviado la solicitud dentro del período y con el formulario normalizado.
Para presentar los documentos que falten, si es el caso, has de utilizar el trámite asociado a un expediente AGAUR. Necesitarás el código ID asociado a tu solicitud (disponible en el resguardo). En este caso, necesitará la identificación digital de persona física. Ha de ser de la persona representante de la asociación o de cualquier otra persona que tenga poderes.
Pueden solicitar estas ayudas las asociaciones de estudiantes universitarios de Cataluña que cumplan los requisitos siguientes:
- Estar inscritas en el Registro de la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas del Departamento de Justicia de la Generalitat de Catalunya, y demostrar que llevan a cabo actividades en el momento de presentar la solicitud.
- Estar vinculadas a una de las universidades del sistema universitario de Cataluña y desarrollar sus actividades preferentemente en el seno de la comunidad universitaria.
La acreditación de estos requisitos se efectuará mediante la declaración acreditativa o declaración responsable correspondiente, a incorporar al formulario de solicitud.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Importe de la ayuda
El importe máximo de la ayuda es de 3.000 €.
Periodo
Las actividades objeto de la ayuda han de realizarse durante el curso 2023-2024, desde el 13 de septiembre de 2023 y hasta el 12 de septiembre del 2024.
Criterios para valorar y ordenar las solicitudes
- La evaluación se realizará por órganos externos y expertos de la comunidad científica, y aplicando la valoración de 1 a 10 según los criterios siguientes:
- Adecuación de la actividad al objeto de la convocatoria (10/100).
- Memoria de la actividad (70/100).
- Memoria resumida de la asociación y memoria resumida de actividades (20/100).
- Las solicitudes se resolverán, según disponibilidad presupuestaria, mediante el procedimiento de concurrencia competitiva. Se compararán las solicitudes presentadas en el plazo establecido y se aplicará la puntuación obtenida, de acuerdo con el punto anterior.
Pasos a realizar
-
Primer paso
Solicitar la ayuda
Plazos
Del 20/09/2023 al 16/10/2023El plazo para presentar la solicitud es del 20 de septiembre hasta el 16 de octubre de 2023, a las 14:00 h (hora local de Barcelona), ambos incluidos.
El uso del formulario específico que puedes encontrar en este trámite es obligatorio y, por tanto, utilizar cualquier otro trámite o formulario se entenderá como no presentado.
-
Segundo paso
Aceptar la ayuda
La aceptación de la ayuda debe formalizarse mediante un documento normalizado firmado por el representante legal de la entidad, en el que se compromete a cumplir todas las condiciones que fijen las [...]
La aceptación de la ayuda debe formalizarse mediante un documento normalizado firmado por el representante legal de la entidad, en el que se compromete a cumplir todas las condiciones que fijen las bases reguladoras y la convocatoria correspondiente.
Junto con el documento de aceptación, debe aportarse la siguiente documentación:
- Una copia del DNI o del NIE de la persona representante legal de la asociación que solicita la ayuda, y un documento que acredite las facultades otorgadas como representante legal de la asociación (nombramiento, poderes, etc.).
- Una copia de los estatutos de la asociación y, si procede, del reglamento de funcionamiento.
- La distribución del presupuesto de la actividad, de acuerdo con el importe concedido y siguiendo el modelo facilitado por la AGAUR.
En el caso de que algunos de estos documentos ya se hayan presentado en convocatorias anteriores de la AGAUR, no hace falta presentarlos en este proceso siempre que la asociación solicitante presente una declaración en la que se especifiquen estos documentos y la fecha en que se presentaron, y se haga constar que siguen vigentes.
La aceptación de la ayuda debe formalizarse en el plazo de 15 días naturales, a contar desde el día siguiente de la publicación de la propuesta provisional de concesión.
-
Tercer paso
Recibir la respuesta de la Administración
¿Cuándo se recibe la respuesta?
¿Cuándo se recibe la respuesta?
El plazo máximo para resolver las solicitudes y notificar la resolución, debidamente motivada, será de seis meses a contar desde la fecha de presentación de la documentación completa. Transcurrido este plazo, si no se ha notificado la resolución expresa, las personas interesadas pueden entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo
La notificación de los actos de tramitación y de resolución se hará mediante su exposición el tablón electrónico de la Generalitat de Catalunya e-Tauler y en la web de la AGAUR.
¿Se puede presentar un recurso?
Contra las resoluciones de otorgamiento o denegación de estas ayudas, que agotan la vía administrativa, se puede interponer recurso de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la notificación, ante el presidente o la presidenta de la Comisión Ejecutiva de Ayudas Universitarias, o recurso contencioso-administrativo, ante el órgano judicial que sea competente en el plazo de dos meses.
-
Cuarto paso
Recibir la ayuda
El importe máximo de la ayuda es de 3.000 €. El pago del importe otorgado se efectuará, mediante transferencia bancaria a la cuenta bancaria indicada por la asociación beneficiaria, en dos [...]
- El importe máximo de la ayuda es de 3.000 €.
- El pago del importe otorgado se efectuará, mediante transferencia bancaria a la cuenta bancaria indicada por la asociación beneficiaria, en dos pagos:
- El primero, correspondiente al 50% del total concedido, se tramitará una vez resuelta definitivamente la convocatoria y formalizada la aceptación por parte de la asociación beneficiaria.
- El pago del 50% restante se hace efectivo cuando se justifica el gasto realizado, de acuerdo con lo previsto en la base 19 de las bases reguladoras.
-
Quinto paso
Justificar la ayuda
Las asociaciones beneficiarias de las ayudas deberán justificar la ejecución efectiva de la actividad subvencionada y acreditarla antes del día 29 de septiembre de 2024, incluido, presentando de [...]
Las asociaciones beneficiarias de las ayudas deberán justificar la ejecución efectiva de la actividad subvencionada y acreditarla antes del día 29 de septiembre de 2024, incluido, presentando de forma electrónica a la AGAUR la documentación correspondiente.
La documentación a adjuntar en el trámite de justificación es la siguiente:
- Una memoria justificativa (pendiente de actualización) de la actividad que acredite que se ha llevado a cabo la actividad subvencionada, indicando las actividades desarrolladas y los resultados obtenidos, y firmada por el representante legal de la entidad.
- Una certificación económica (pendiente de actualización), según modelo normalizado, que contenga:
- Una relación clasificada de los gastos de la actividad firmada por la persona representante legal y por la persona tesorera, con identificación del acreedor, el número de factura o un documento de valor probatorio equivalente, con importe, fecha de emisión y, si procede, fecha de pago. En caso de que la subvención se otorgue de acuerdo con un presupuesto, se presentará una liquidación en la que se indiquen y, si procede, se motiven las desviaciones respecto al presupuesto inicial.
- Detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada, con indicación del importe y la procedencia. Cuando los justificantes de los gastos imputen parcialmente a otras subvenciones, hay que indicar la cantidad exacta o el porcentaje imputado a cada una e identificar los órganos que las han concedido.
Si tienes dudas puedes consultar el documento Guía de justificación de las ayudas AEU del año 2023 (pendiente de actualización).
No se aceptan ampliaciones del plazo de justificación del proyecto presentado sin una justificación previa, que debe aceptar, si procede, la Dirección Ejecutiva de la AGAUR. En caso de solicitar la ampliación, la solicitud debe presentarse antes de que finalice el periodo inicial de justificación.
Trámites relacionados