Acrónimo: SGR
Inicio plazo presentación solicitudes: 19/12/2013
Fin plazo presentación solicitudes: 03/02/2014
Más información: Elvira Reche elvira.reche@gencat.cat
Objeto
El objeto de la convocatoria es dar apoyo a los grupos de investigación de Cataluña que trabajan en las diferentes áreas científicas, con el fin de reconocer y promover la investigación de calidad, la transferencia de conocimiento y la internacionalización de sus actividades científicas.
Solicitantes
Pueden beneficiarse de esta convocatoria todos los grupos de investigación de las universidades situadas en Cataluña, los centros públicos y privados y las fundaciones hospitalarias situadas en Cataluña sin ánimo de lucro que tengan como actividad principal la investigación y que reúnan los requisitos que se especifican para cada modalidad a la convocatoria.
Tipo de ayudas
Esta convocatoria comprende dos modalidades de grupos. Todos los grupos de investigación resultantes tendrán la consideración de Grupos de Investigación de la Generalitat de Catalunya.
- Modalidad A: Apoyo a grupos de investigación emergentes (GRE)
- Modalidad B: Apoyo a grupos de investigación consolidados (GRC)
Requisitos
Requisitos para los grupos de investigación emergentes (GRE):
- Trayectoria: los GRE tienen que tener una trayectoria breve de trabajo conjunto, que en ningún caso puede ser superior a los tres años. Sin embargo, y con el fin de demostrar el potencial de los miembros para consolidar el grupo, tienen que indicar las acciones científicas que han llevado a cabo conjuntamente algunos miembros del grupo. La trayectoria conjunta se podrá demostrar, en este sentido, a través de diferentes indicadores. Por acción conjunta se entiende aquella en que hayan participado como mínimo dos miembros del grupo.
- Miembros: los GRE tienen que estar formados por un mínimo de tres investigadores. Dos de los cuales tienen que ser doctores vinculados estatutariamente o contractualmente a la plantilla universitaria o del centro de investigación y con dedicación completa. Los contratos ICREA, Ramón y Cajal u otros contratos similares se equipararán a contratos de dedicación completa. Uno de estos dos investigadores doctores tendrá que asumir la coordinación del grupo.
- Proyectos: algún miembro del GRE tiene que tener o haber tenido, como investigador responsable, un proyecto de investigación, un contrato o un convenio de investigación (de como mínimo 20.000 euros) en activo durante el periodo 2009-2013.
Requisitos para los grupos de investigación consolidados (GRC):
- Trayectoria: los GRC tienen que tener una trayectoria consolidada de trabajo conjunto de como mínimo tres años. Con el fin de demostrar esta trayectoria, se tienen que indicar las acciones científicas que han llevado a cabo conjuntamente algunos miembros del grupo. La trayectoria conjunta se podrá demostrar, en estas sentido, a través de diferentes indicadores. Por acción conjunta se entiende aquella en que hayan participado como mínimo dos miembros del grupo.
- Miembros: los GRC tienen que estar formados por un mínimo de cinco investigadores. Tres de los cuales tienen que ser doctores vinculados estatutariamente o contractualmente a la plantilla universitaria o del centro de investigación y con dedicación completa. Los contratos ICREA, Ramón y Cajal u otros contratos similares se equipararán a contratos de dedicación completa. Uno de estos dos investigadores doctores tendrá que asumir la coordinación del grupo.
- Proyectos: el grupo tiene que acreditar tener o haber tenido como mínimo un proyecto de investigación, un contrato o un convenio de investigación (de como mínimo 20.000 euros) en activo durante el periodo 2009-2013. El investigador o la investigadora responsable del proyecto, el contrato o el convenio tiene que ser un miembro del grupo.
- Dirección de tesis doctorales: se tiene que haber dirigido, entre el conjunto de miembros doctores del grupo, un mínimo de dos tesis doctorales durante el periodo 2009-2013. Las tesis dirigidas se tienen que haber leído en el momento de presentar la solicitud o tener la fecha fijada para la lectura.
Para ambas modalidades
- Un mismo investigador o investigadora no puede constar como miembro en más de una solicitud.
- Los miembros de los grupos pueden ser de diferentes instituciones de Cataluña.
- Los investigadores de instituciones de fuera de Cataluña o vinculados a empresas o a administraciones podrán constar a la solicitud como colaboradores del grupo de investigación. Se entienden como colaboraciones externas aquellas colaboraciones puntuales con personal de diferentes instituciones pero que no desarrollan una tarea estable ni continua con el grupo. Las colaboraciones no computarán como miembros del grupo.
- El personal de apoyo administrativo y el personal técnico de apoyo a la investigación que no tengan carácter investigador no computarán como miembros del grupo.
- El personal investigador predoctoral podrá constar como miembro del grupo si tiene una vinculación mediante beca o contrato con alguna universidad o centro de investigación de Cataluña.
Los grupos de investigación reconocidos como emergentes o singulares a la convocatoria SGR 2009 no pueden presentarse como grupos emergentes a esta convocatoria.
Duración
El periodo de ejecución empezará el 01/01/2014 y finalizará el 30 de abril del 2016.